02 julio 2010

Cero y van tres: archivado el proyecto de ley sobre informes de RSE en Colombia


Desde agosto del año 2009 hizo curso en el Senado de la República de Colombia el proyecto de ley 058 de 2009, cuyo propósito —según sus redactores— era definir "normas sobre responsabilidad social empresarial y protección infantil"; sin embargo, tal y como ocurrió con sus versiones anteriores [1], ha quedado condenado al archivo.

En realidad, decir que "hizo curso" es un tanto exagerado, pues el proyecto en cuestión ni siquiera alcanzó a ser debatido por los miembros de la Comisión Séptima del Senado [2] antes de que finalizara la legislatura 2009 - 2010, siendo ésta precisamente la razón que puso fin a su trámite en el Congreso.

Lo que dicen las normas: Constitución Política Colombiana:

Art. 138. El Congreso, por derecho propio, se reunirá en sesiones ordinarias, durante dos períodos por año, que constituirán una sola legislatura. El primer período de sesiones comenzará el 20 de julio y terminará el 16 de diciembre; el segundo el 16 de marzo y concluirá el 20 de junio.

Art. 162. Los proyectos de ley que no hubieren completado su trámite en una legislatura y que hubieren recibido primer debate en alguna de las cámaras, continuarán su curso en la siguiente, en el estado en que se encuentren. Ningún proyecto podrá ser considerado en más de dos legislaturas [3].

Ergo... dado que finalizada la legislatura durante la cual fue propuesto, el estado en que se encontraba el trámite del proyecto no encuadró dentro de la excepción establecida por el artículo 162 constitucional, el archivo por tránsito de legislatura operó de manera automática.

Observaciones al margen: Con el viento en contra

Como sea, a diferencia de lo que ocurrió con su inmediato predecesor, el proyecto de ley 031 de 2007 (326 de 2008 en Cámara), esta vez la iniciativa parecía correr con menos suerte, pues en los días previos al tránsito de legislatura, el Senador Luis Carlos Avellaneda Tarazona, en su informe de ponencia para primer debate, recomendó el archivo del proyecto sin proponer ningún pliego de modificaciones.

La pregunta de rigor

El paso de este proyecto de ley por el Congreso de la República ha estado inexorablemente ligado a la presencia de la Senadora Alexandra Moreno Piraquive en el capitolio nacional, quien en las pasadas elecciones legislativas de marzo fue elegida para ocupar nuevamente una curul en el Senado; ¿Podremos decir entonces que la tercera ha sido la vencida, o acaso tendremos que tomarnos la molestia de hablar sobre la cuarta versión de este mismo proyecto (artículos más, artículos menos) en los próximos cuatro años? Solo el tiempo lo dirá [4].


Strike three, you're out!



Notas:

[1] Proyectos de ley 153 de 2006, y 031 de 2007.

[2] Un dato anecdótico: Radicado en la plenaria del Senado el proyecto de ley, fue asignado por competencia objetiva a la Comisión Séptima de la Cámara Alta del Congreso, donde fue tratado como un proyecto sobre "Seguridad Social". Más extraño todavía es que las versiones previas de este proyecto fueron asignadas, también por razón de la materia tratada, no a la Comisión Séptima, sino a las comisiones Tercera y Quinta del Senado (ver ley 3 de 1992).

[3] El artículo 162 de la CPC fue reglamentado por el art. 190 de la ley 5 de 1992, el cual, a diferencia de lo expresamente dispuesto por el texto constitucional, dispone que el archivo por tránsito de legislatura opera para aquellos proyectos de ley "distintos a los referidos a leyes estatutarias" que no hubieran sido aprobados en primer debate (¡¿?!).

[4] Por cierto, no solamente la Senadora Moreno logró renovar su permanencia en el Congreso, también lo consiguieron los senadores Dilian Francisca Toro Torres y Manuel Virguez Piraquive, y la Representante por Bogotá, Gloria Stella Diaz Ortiz, quienes fueron coautores del proyecto de ley 058 de 2009.

§ Quienes quieran conocer un poco más sobre el proceso legislativo en Colombia, pueden revisar los artículos 150 a 170 de la Constitución Política Colombiana, así como la ley 5 de 1992 (Reglamento Interno del Congreso de la República).

4 comentarios:

  1. Es muy bueno que se piense en realizar seguimientos a los proyectos de ley que se presentan desde el Legislativo, sin embargo el artículo descrito pro el bloggista carce d contenido y profundidad por que no describe el proyecto en cuestión y se limita a dictar juicios d valor sin atreverse a adentrarse al proyecto.

    Ejemplo de ello es que si conociera el texto del que hace referencia el Senador Luis Carlos Avellaneda del Polo Democrático Alternativo, esta de acuerdo con la función normativa de la iniciativa, a lo que se opone es a desarrollar RESPONSABILIDAD SOCIAL en Colombia puesto que para el y su partido no es más que una cortina de humo de las empresas capitalistas para desarrollar sus procesos de explotación laboral, tercerización y campañaitas filantropicas.
    Asi las cosas te invito para que antes de escribir leas y antes de hablar pienses.

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  2. Álvaro:

    Hola y gracias por pasarte por el blog y dejar tu comentario.

    Te respondo por partes:

    1. Es cierto que el post no describe ni analiza el proyecto 058 de 2009 como tal, simple y llanamente porque no era la intención de la entrada hacerlo.

    Además, por un lado, en la redacción de escritos en internet es fundamental el uso de hipervínculos a otros documentos que complementan el texto que los enlaza; por esa razón me guardé de incluir en esta entrada un par de enlaces a posts anteriores en los cuales me referí un poco más en profundidad sobre el contenido de las versiones anteriores de este mismo proyecto.

    Y por otro, dejando en claro que este proyecto no era otra cosa sino un calco del proyecto de ley 031 de 2007 (salvo por la addenda relacionada con el sello de producción sin mano de obra infantil), no me pareció necesario decir nada más que lo que dije.

    2. La verdad no veo dónde me limito a "dictar juicios de valor". El post es un post informativo, simplemente. Además, si así fuera, no veo cómo esos juicios de valor (que no encuentro), afectan al senador Avellaneda, por quien parece tomas parte por el tono beligerante de tu comentario.

    3. Por cierto, conozco el informe de ponencia negativa del Senador (a diferencia de lo que has presumido, no soy de lengua fácil o de escribir a la ligera). Es más, te adelantaste al que vendrá siendo el siguiente post en ser publicado. Incluso, previo a tu comentario ya había subido a la red un documento con parte del texto de su ponencia para incluirlo en esa entrada. Puedes verlo por ti mismo.

    En todo caso, creo que tal y como está planteada esa otra entrada aún no publicada, también habrás de decepcionarte. Pues mi intención no es analizar los juicios del Senador, sino simplemente compartir dicho material con los lectores del blog. Así que bueno, aprovecho y te invito a que cuando esté publicada, compartas con nosotros tu análisis personal al respecto.

    4. Si como dices la opinión de todo el Polo es que la RSE es una "cortina de humo", me parece que les haría falta usar un poco de falsasionismo a la hora de buscar fuentes para argumentarlo. Estoy seguro que encontrarían bastantes cisnes negros (o como lo dice Wikipedia, bastantes cuervos blancos). Pero eso es harina de otro costal.

    5. Y bueno, ya por último, te dije que no suelo ser de pluma rápida. Por el contrario... si supieras la cantidad de posts que no he publicado por sentir que no cuento con la información suficiente para hacerlo... Por eso tu recomendación simplemente no la acepto.

    Y sobre pensar antes de hablar, con todo respeto te digo que no me parece que valga la pena siquiera decir algo al respecto.

    De nuevo te agradezco.

    (En estos días estaré respondiendo a tu correo).

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  3. Álvaro:

    Le comento que si bien soy fiel lectora de este blog desde sus inicios, nunca había posteado un comentario. Han sido los errores de criterio que noto en su mensaje los que me tentaron a romper el silencio.

    Si se tomó unos minutos para revisar algunas de las otras entradas de este espacio, supongo que habrá notado que es una invitación al intercambio de ideas, al debate tendiente a sumar conocimientos y enriquecer a sus participantes; por lo que me extraña que haya decidido utilizar expresiones como las que seleccionó. Si bien es cierto que internet es un espacio donde técnicamente cada uno puede publicar lo que le de la gana, también es verdad que tenemos la posibilidad de autorregularnos y de, al menos, releer antes de clickear "Publicar un comentario".

    ¿Que por qué menciono esto? Simple: ¿No le parece un poco irónico que Usted juzga al autor asumiendo que no lee y -peor- que no piensa antes de hablar mientras le critica un supuesto juicio de valor?

    La comprensión lectora es una habilidad que se desarrolla desde la infancia... ¿Por qué no la aplicó en este caso? Más allá de que el autor lo aclaró recientemente, era más que evidente que si el texto no profundizó sobre el contenido del proyecto de ley, fue porque no hubo ninguna intención de hacerlo. El calificar eso como "no atreverse"... ¿No le parece un nuevo juicio de valor infundado de su parte?

    Ay, ay, qué feos son los dobles estándares.

    Por último (y realmente quise evitar esto, pero ¡es más fuerte que yo!). ¿Cómo puede atreverse a mandar a alguien a leer y pensar sin siquiera corregir sus propios errores gramaticales y de tipeo? Si Usted dice "Ejemplo de ello es que si conociera el texto..." ¿Si conociera el texto qué? ¡Ni siquiera terminó la idea! ¿Debemos suponer que si conociera el texto estaría convencido de que la RSE es una cortina de humo? ¿O que quizás opinaría como opina Usted?

    Lo invito a que reflexione, deje la belicosidad y el dogmatismo, y se sume a debates constructivos.

    Saludos!

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  4. Tengo una pregunta, no conozco las funciones sobre las leyes que se proponen en las comisiones, ejemplo: Si luego de radicar un proyecto de ley en el congreso, ¿bajo qué condiciones un proyecto de ley no se tramita? ¿se archiva por cuales condiciones? Muchas gracias. Saludos.

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