
Acaba de ser sancionada por el Gobierno Nacional la ley 1328 de 2009, por la cual "se dictan normas en materia financiera, de seguros, del mercado de valores y otras disposiciones"
El artículo 96 de la nueva ley dispone lo siguiente:
"Con el propósito de promover la adopción y el desarrollo voluntario de actividades de responsabilidad social por parte del sistema financiero, asegurador y del mercado de valores, créase el programa de balance social como una herramienta de gestión empresarial que sirva para divulgar el impacto que dichas actividades tienen en la población colombiana.
Para tal efecto, el Gobierno Nacional en un plazo máximo de seis (6) meses a partir de la sanción de la presente ley, definirá la manera como las entidades antes señaladas cumplirán con el deber de informar, al menos una vez al año, los distintos programas que de acuerdo con sus políticas de gobierno corporativo tengan implementados en Colombia para atender a los sectores menos favorecidos".
Espero que el tiempo sea condescendiente conmigo, así podré luego referirme un poco mejor sobre el que ha pasado a ser el primer antecedente legal colombiano en la materia.
Recordando la posición del Gobierno Nacional con respecto al proyecto de ley 031 de 2007 (326 de 2008 en Cámara)... ¿Será que habrá dejado pasar por alto este detallito de la nueva ley?, ¿o acaso simplemente estará cambiando su visión sobre la presentación reglada de informes de Responsabilidad Social?
A propósito, sigue pendiente ver qué ocurre con el artículo del aprobado proyecto de ley de obesidad que trata sobre el mismo tema.
El texto completo de la nueva ley puede ser visto aquí.



















